La mayor parte de los asuntos relativos al derecho inmobliario suelen afectar a varias especialidades jurídicas tradicionales: el derecho privado, que estudia las relaciones entre particulares, el derecho administrativo, que se ocupa de las relaciones con las Administraciones públicas y el derecho fiscal, relativo a los tributos. Si una de las partes de la operación es extranjera, concurre una cuarta especialidad tradicional, el derecho internacional privado.
Así por ejemplo, al asesorar en la compra de un edificio, el derecho privado rige el contrato de compraventa, el derecho administrativo regula los usos permitidos en el inmueble y la posibilidad de obtener licencias para reforma o ampliación, mientras que el derecho fiscal trata de los tributos que deben pagarse por la operación de compraventa y por la ulterior tenencia del edificio. El derecho internacional privado determinará, entre otras cuestiones, el régimen aplicable a la sucesión en caso de fallecimiento del comprador.
En nuestro país, los despachos especializados suelen ejercer sólo una de las citadas especialidades, de modo que un asesoramiento completo exige la colaboración de varios despachos.
En PEREZ ALMANSA ABOGADOS hemos constituido un equipo de profesionales con conocimientos y con experiencia transversal en todos estos campos que puedan proporcionar un asesoramiento global y completo. Si uno de nuestros clientes compra un edificio, le negociamos con el vendedor el contrato más favorable a sus intereses, le informamos con exactitud de los usos y obras permitidos por la Administración Pública, le defendemos en la tramitación de las licencias y le indicamos la manera de hacer toda la operación con la mínima carga fiscal. Si nuestro cliente es extranjero, le asesoramos además sobre la manera de importar legalmente el capital necesario para la compra, así como sobre el resto de especialidades que resultan aplicables a inversiones desde el exterior.